1. La Constitución de 1967 y otras anteriores no limitaban el número de veces que podía ser reelecto un presidente, pero prohibían la reelección continua. Dicho de otra manera, permitían la reelección indefinida discontinua. La CPE de 1967 en su art. 87 establecía: “El período del presidente y vicepresidente Constitucional de la República será de cuatro años improrrogables. Ninguno de ellos podrá ser reelegido sino pasados cuatro años de la terminación de su mandato constitucional.”
2. La Constitución de 1994 quitó la reelección indefinida limitando la reelección presidencial a una sola vez, manteniendo lo discontinuo. Es decir, el presidente tenía derecho a una sola reelección discontinua. Es así que la CPE de 1994 en su art. 87 dice: El mandato improrrogable del presidente de la República es de cinco años. El presidente puede ser reelecto por una sola vez después de transcurrido cuando menos un “Período Constitucional.”
3. La Constitución actual mantiene el límite de la reelección presidencial a una sola vez, pero permite que ésta sea una reelección continua. Así establece el art. 168. “El periodo de mandato de la presidenta o del presidente y de la vicepresidenta o del vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua.”
4. El referéndum del 21 de febrero de 2016 negó la posibilidad de ampliar la reelección a dos períodos continuos. La pregunta del referéndum del 21F fue: “¿Usted está de acuerdo con la reforma del Artículo 168 de la Constitución Política del Estado para que la presidenta o presidente y la vicepresidenta o vicepresidente del Estado puedan ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua?”. La respuesta fue NO.
5. La sentencia constitucional 084/2017 pretendió anular el art. 168 de la CPE introduciendo la reelección indefinida como “derecho humano”, pero la opinión consultiva de la CIDH rechazó dicha pretensión.
CONCLUSIÓN: En Bolivia la CPE no contempla la reelección indefinida ni continua ni discontinua. El presidente tiene derecho a una sola reelección continua y punto. El tiempo máximo que puede gobernar es de 10 años.