Las últimas informaciones oficiales acerca del intervenido Banco Fassil y la reciente activación de un proceso penal en contra del presidente ejecutivo de su directorio dejan pensar que los bolivianos estamos lejos de conocer las implicaciones y detalles de este asunto que afecta a centenares de miles de personas que tenían cuentas en esa entidad financiera.
Es muy cierto que el caso de las irregularidades cometidas por la administración del banco en cuestión, y su posterior intervención por parte de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), no comprometen la solidez de toda la banca privada nacional ni afecta a la confianza colectiva que bien se merece. Pero el hecho de que la máxima autoridad ejecutiva de esa instancia estatal que regula el sector sea interina no es un factor que contribuya a la confianza ciudadana en la transparencia de las acciones de la ASFI.
Las autoridades estatales correspondientes conocían, a mediados de marzo, la situación de iliquidez por la que atravesaba la entidad intervenida más de seis semanas después, el 26 de abril. Eso se constata en un comunicado emitido anteayer por el Banco Central de Bolivia (BCB), avisando que, el 13 de marzo de 2023, recibió “una solicitud de crédito de liquidez de Banco Fassil S.A” y que la rechazó. Antes de tomar esa decisión, el Ente Emisor “efectuó la consulta no vinculante a la ASFI”.
Un día antes de que el BCB emitiera ese comunicado, el diario cruceño El Deber publicó la misma información, citando “fuentes de Fassil que pidieron mantener la reserva de su nombre”.
Esa actitud de la ASFI de dosificar la información respecto de un caso serio como éste tiene, de manera inevitable, el efecto de hacer pensar que la transparencia en el manejo del asunto es parcial. Y la reciente demanda contra el máximo ejecutivo del Banco Fassil por estafa agravada y legitimación de ganancias ilícitas tampoco contribuye a la confianza en las acciones oportunas de la ASFI.
A todo ello se agrega que esa entidad, encargada de regular y fiscalizar la actividad de los bancos y otras entidades financieras, tiene un director general ejecutivo interino desde hace dos años y cinco meses.
La Ley 393 de Servicios Financieros establece que ese alto funcionario debe ser designado por el presidente del Estado “de una terna propuesta por la Asamblea Legislativa Plurinacional, aprobada por dos tercios de votos”.
La ASFI, según la misma ley, está “bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, y sujeta a control social”. El titular de esa cartera es designado por el presidente. En cuanto al control social, jamás se supo que funcionase. Así, la desconfianza en el manejo de este asunto llega directamente al Gobierno.