El presidente del Estado, Luis Arce Catacora, en conmemoración al Día del Trabajador, anunció el envío del Decreto Supremo (DS) 4668 a la Asamblea Legislativa para “blindar” los derechos laborales adquiridos de la clase trabajadora; además suscribió los decretos supremos 5154 y 5155 del incremento salarial.
“En esta gestión, hermanos de la Central Obrera Boliviana, los hemos escuchado, y quiero anunciarles que hemos enviado a Asamblea Legislativa Plurinacional, el proyecto de ley para elevar a rango de ley, el Decreto Supremo 4668 del 17 de febrero, esa era una demanda de ustedes mismos, y el Gobierno nacional está atendiendo ese requerimiento”, señaló el Jefe de Estado.
La normativa remitida al Legislativo refiere, en su artículo 3, que “las normas laborales se interpretan y aplican bajo el principio de protección de las trabajadoras y los trabajadores”.
Los derechos laborales adquiridos son las “condiciones mínimas en las que el trabajador va a realizar sus labores”.
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El artículo 4 indica que “las empleadoras o empleadores no podrán menoscabar, disminuir, alterar, o diferir los derechos laborales adquiridos de las trabajadoras y los trabajadores, en contravención a las disposiciones tutelares laborales definidas en la Constitución Política del Estado y la legislación laboral vigente”.
Escala salarial
El DS 5155 establece “el incremento salarial al haber básico de las servidoras y los servidores públicos de los Órganos Legislativo, Ejecutivo, Electoral, Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional, Instituciones de Control, de Defensa de la Sociedad y de Defensa del Estado y sus entidades Desconcentradas, Descentralizadas y Autárquicas”.
La escala salarial para las máximas autoridades del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, con un haber básico de: Presidente del Estado Plurinacional Bs. 24.978 y Vicepresidente del Estado Plurinacional Bs. 23.591.
Asimismo, aprueba el incremento salarial del 3% al haber básico de forma lineal para las instancias referidas.
En tanto, el DS 5154 establece el incremento salarial para la gestión 2024, para los profesionales y trabajadores en el sector salud; personal docente y administrativo del Magisterio Fiscal, así como para el Servicio Departamental de Gestión Social - SEDEGES, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana.
Asimismo, establece el Incremento Salarial en el sector privado, además del Salario Mínimo Nacional para la gestión 2024, en Bs 2.500.