El Juzgado de la Niñez y Adolescencia de Caranavi se declaró incompetente para tratar la acción de amparo de un postulante a Fiscal General que pedía paralizar el proceso de selección y remitió los obrados a la ciudad de La Paz.
La acción de amparo había sido presentada en Caranavi por la postulante Claudia Castro Dorado en contra de la Comisión Mixta de Justicia Plural de la Asamblea Legislativa Plurinacional, que decidió sacarla de la lista de postulantes habilitados para ser fiscal general.
En la parte considerativa del auto constitucional, el juez señala que la norma indica que una acción de amparo se debe presentar en el lugar donde se denuncia que se violaron los derechos o ante un tribunal de la misma jurisdicción donde viva la supuesta víctima, condiciones que no se cumplen en este caso, según informó el portal Unitel.
La resolución de la Comisión Mixta se emitió en La Paz, y la postulante Castro no vive en Caranavi.
El juez dispuso “dejar sin efecto el auto de admisión de la presente Acción de Amparo Constitucional en su totalidad y todas las disposiciones en la misma”.
Según el documento, una de las disposiciones, que se había señalado en la admisión del amparo, era la declaratoria de una medida cautelar para que el proceso se paralice mientras se conocía el fallo final, lo que también fue anulado, por lo que la Comisión Mixta podría continuar con su trabajo.
La decisión judicial dispone la "remisión de la acción de Amparo Constitucional para su correspondiente sorteo a la sala constitucional de turno de la Ciudad de La Paz, de manera inmediata, mediante la plataforma de sorteo de causas y con nota de atención.”