Conforme al artículo 4, de la Resolución Ministerial (RM) 0001/2024 “Normas Generales para la Gestión Educativa”, el desarrollo curricular del primer trimestre en el nivel inicial, primaria y secundaria de unidades educativas fiscales, privadas y de convenio, concluyó el 10 de mayo del año en curso.
En ese marco, el primer trimestre abarca 66 días hábiles de los 200 establecidos en el “Calendario Escolar 2024”, destinados a la planificación, desarrollo y evaluación curricular de los planes y programas de las áreas de los campos y saberes según el nivel y año de escolaridad (curso
Durante el primer trimestre entró en vigencia el novísimo Reglamento de Evaluación de Desarrollo Curricular del Subsistema de Educación Regular, aprobado mediante RM 0190/2024 el 12 de marzo. Norma adjetiva que presenta cambios de fondo; por ejemplo, la escala de valoración, la retención y promoción de estudiantes en el nivel primario.
Del mismo modo, entró en vigor el Reglamento de Graduación en el Bachillerato Técnico Humanístico (BTH) del Subsistema de Educación Regular, aprobado mediante RM 0912/2023 el 8 de octubre de 2023, que norma las modalidades para elaborar el trabajo de grado, como único medio de obtención del Título de Técnico Medio en una determinada carrera Técnica Tecnológica Especializada.
Por otra parte, el primer trimestre fue escenario del inusitado proceso de institucionalización a cargos directivos del Sistema Educativo Plurinacional, gestiones 2024, 2025 y 2026; en razón que el Ministerio de Educación tuvo que recurrir a tres convocatorias (0001/2023, 0001/2024 y 0002/2024) consecutivas para cubrir el total de las acefalías.
Por si fuera poco, en el primer trimestre se cambió a la primera autoridad educativa del país; vale decir, el 5 de marzo se posesionó al potosino Omar Veliz Ramos como ministro de Educación, en reemplazo de su coterráneo, Edgar Pary Chambi.
Precedentes hechos que marcaron el primer trimestre, sin duda, afectaron la secuencialidad y normalidad de las concreciones curriculares en los tres niveles del Subsistema de Educación Regular, en desmedro de la calidad educativa que merecen los estudiantes de los contextos educativos urbanos y rurales del país.
Resulta imperante que las evaluaciones comunitarias del primer trimestre se constituyan en medios de construcción colectiva de alternativas de solución ante el porcentaje de contenido desarrollados y los desniveles de aprendizaje que presenten los estudiantes.